Busca en el ISDEN

Promotion

Text: TB is curable, discriminatión also

"Cough for more than 15 days, go to the hospital quick"

Ricky Tosso (peruvian actor)

Preocupación ante el Decreto Legislativo 1097
Análisis y reflexión
Wednesday, 08 September 2010 16:09

La corrupción es un mal social  frente al cual  estamos obligados todos y todas a evitarla  en las diferentes formas en que se presenta, incluso la que pasa casi como “normal ” y va calando fuerte  en nuestras culturas a nivel mundial.

Hoy estamos ante una  preocupación ante el Decreto Legislativo  1097 que el gobierno promulgo y publicó el 1 de setiembre, y lo que implican sus alcances en términos de los derechos humanos en nuestro país.

Organismos e instituciones importantes y serios como La Defensoría del Pueblo, el Instituto Promoviendo Desarrollo Social (IPRODES), EL Instituto de Defensa legal (IDL), entre otros han analizado el tema  y hecho pronunciamientos. Como ciudadanos es bueno conocer para estar informados y tener opinión propia al respecto  como gesto de ciudadanía y  de una ética cívica.

En términos sencillos el referido decreto sostiene lo siguiente:Los delitos de violaciones de derechos humanos entre 1980 y el 2000 tienen un plazo de prescripción, es decir, tienen un tiempo límite para procesarlos penalmente (algo así como una deuda con el banco que cuando pasa mucho tiempo ya no la tienes que pagar porque PREESCRIBE)

  1. La imprescriptibilidad (o sea que nunca caduca) de los crímenes de lesa humanidad sólo se aplica a los delitos perpetrados desde Noviembre del 2003 en adelante (no son afectados los del Grupo Colina, Montesinos, Fujimori y otros)

  2. El cierre de procesos penales contra militares, policías y civiles por delitos de violaciones a los derechos humanos, en caso de que las investigaciones pasen de los 14 meses (en el Perú este tipo de casos duran años por la lentitud de la justicia y las trabas legales de los procesados)

  3. Otras disposiciones señalan que los acusados militares, policías o civiles, pueden seguir sus procesos penales en plena libertad y no en situación de detención. Hasta ordena a los jueces levantar el impedimento de salida del país cuando pasen los 8 meses del proceso (es decir: el acusado por delitos graves está libre y con posibilidad de salir del país).

Links

Para mayor análisis acercamos a ustedes el mencionado decreto y los pronunciamientos que se han hecho al respecto.

Decreto Supremo 1097

Pronunciamiento del IPRODES. Ofrece un interesante análisis de este decreto y marca una pocisión al respecto: lo califica de "amnistía encubierta"

Pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo: Llama al Congreso a revisar si el decreto se ajusta a la normativa legal establecida y también analiza la posibilidad de interponer una demanda ante el Tribunal Constitucional.

Asociación Pro Derechos Humanos. Recopila más pronunciamientos de instituciones y organizaciones

Instituto de Defenza legal (IDL). Además del Decreto 1097 que ha sido el más controvertido, hay otros promulgados por el ejecutivo como el 1096, 1095, 1094 que son explicados por el IDL

 
.
Av. Paso de los Andes 844 Pueblo Libre, Lima 21, Perú
Telef: (511)431-1556 / Fax: (511)424-1411 / Email: isdenmsc2009@gmail.com
Copyright © 2012 - Instituto de Salud MSC "Cristoforis Deneke" - ISDEN